El Municipio controlará con inspectores el mantenimiento de terrenos baldíos

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Desde este mes, el Municipio realizará un control del cumplimiento de la normativa que establece la obligatoriedad de mantener la limpieza y desmalezado de los terrenos por parte de los propietarios de los terrenos baldíos. Se labrará un acta de constatación de la situación por parte de un inspector, y se dará un plazo para desmalezar, y si no se cumpliera, será el Municipio quien lo haga, generando una tasa por el servicio que deberá abonar el propietario. Además, los vecinos podrán realizar reclamos en Mesa de Entradas del Municipio.

El Municipio comienza el control del desmalezado de terrenos baldíos con inspectores que constatarán con actas cada situación. Trascurridos cinco días sin haber obtenido respuestas, el Municipio se hará cargo del desmalezado y se les cobrará una tasa, emitiendo la correspondiente boleta por el  servicio. Por esta razón recomendamos mantener limpios los terrenos para evitar penalizaciones.

Cabe destacar que los vecinos que necesiten hacer un reclamo por terrenos próximos a su casa que incumplen las ordenanzas vigentes, podrán hacerlo en Mesa de Entradas del Municipio.

Algunos artículos de la normativa vigente sobre el desmalezado y mantenimiento de terrenos y frentes:

  1. a) Ordenanza 011/MOV/2005:

Art.:1°: Establecer la obligatoriedad de mantener la limpieza y desmalezado de terrenos por la totalidad de los propietarios o inquilinos de viviendas ubicadas en la Planta Urbana Municipal, con una periodicidad mínima de 30 (treinta) días y/0 las malezas no superen los 40 cm de altura, bajo apercibimientos de aplicación de la multa prevista en la presente o en su caso, que se proceda al desmalezado por parte del Municipio, con cargo al cobro del importe del doble al fijado por el CAPITULO III DE LA ORDENANZA IMPOSITIVA MUNICIPAL vigente en el periodo que corresponda, sin perjuicio de la multa que se fija por la presente.

  1. d) Código Tributario Municipal: Ordenanza N°0039/MOV/2019:

Arts. 12°: Por los servicios que se presten con carácter extraordinario, de conformidad a lo establecido en el Art.31 del Código Tributario Municipal (Parte Especial) se cobrará conforme se detalla: Desratización de terrenos baldíos $7.500,00.

Arts. 14°: Tal lo dispuesto en el Art. 40 del Código Tributario Municipal (Parte Especial), se estipulan los siguientes derechos:1) Alquiler de desmalezadora por terreno de hasta 300 m2 $1.900,00; De más de 300m2 hasta 600m2 $2.600,00; De más de 600 m2 hasta 1200 m2 $3.500,00; De más de 1200 m2 hasta 2.400 m2 $4.200,00; De más de 2.400 m2 hasta 5.000 m2 $5.700,00; De más de 5.000 m2 hasta 8.000 m2 $7.000,00. De más de 8.000 m2 el valor se incrementará cada vez que superen las dimensiones expresadas, fijando el importe que corresponda en cada caso el Presidente Municipal.